El impacto del Nuevo Reglamento de Extranjería en las Empresas

30 de mayo de 2025
Ahora es más fácil contratar trabajadores extranjeros no comunitarios graciuas al nuevo reglamento de extranjería. Te lo explicamos.

Asesoría

En este artículo

El nuevo Reglamento de Extranjería, en vigor desde mayo de 2025, facilita la contratación de trabajadores extranjeros no comunitarios, reduce los plazos y adapta los procedimientos a las necesidades del mercado laboral. Estas reformas suponen una gran oportunidad para empresas que no encuentran personal cualificado en el mercado local.

Nuevas figuras de arraigo

  • Arraigo Sociolaboral: permite contratar a extranjeros que hayan vivido al menos 2 años en España de forma continuada con un contrato que cumpla jornada mínima y salario mínimo.
  • Arraigo Socioformativo: para personas que hayan estado 2 años en España y estén matriculadas en formación profesional, cursos oficiales o programas del SEPE. Permite trabajar hasta 30h semanales.

Contratación de estudiantes extranjeros

El reglamento permite a estudiantes con estancia por estudios superiores trabajar sin necesidad de solicitar autorización de trabajo, siempre que el trabajo sea compatible con sus estudios y no supere las 30h semanales.

Flexibilidad para cambiar de empleador

Los extranjeros con autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena podrán cambiar de empleador tras 3 meses de vigencia del permiso o en cualquier momento si el empleador incumple condiciones laborales.

Contratación para trabajos de temporada

Se facilita la contratación en actividades estacionales por hasta 9 meses al año. Las autorizaciones tendrán una vigencia de 4 años y permiten contrataciones individuales o colectivas.

Algunas Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Cómo afecta el nuevo reglamento de extranjería a las empresas?

Facilita la contratación de extranjeros, reduce los trámites y amplía las figuras legales para regularizar personal que ya está en España o traerlo desde el extranjero.

¿Qué trabajadores puedo contratar con la figura del arraigo?

Con el arraigo sociolaboral puedes contratar a personas que llevan 2 años en España. Con el socioformativo, a quienes además estén en cursos oficiales o FP, con permiso de hasta 30h semanales.

¿Puedo contratar a un estudiante extranjero directamente?

Sí, si su actividad laboral es compatible con sus estudios y no supera las 30 horas semanales, no necesitarás autorización adicional.

¿Puedo cambiar a un trabajador extranjero de empresa?

Sí, tras 3 meses de su permiso o de inmediato si hay incumplimiento grave del empleador anterior.

¿Cómo me ayuda Grupo Lagon con este nuevo reglamento?

Te asesoramos, gestionamos todo el trámite y seleccionamos al trabajador ideal desde nuestra base. Somos pioneros en este servicio con experiencia contrastada.

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